Vista previa de la fuente solicitada
Sanciones adicionales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Laboral
- Fundamento jurídico
- Régimen Privado de Pensiones Complementarias (Ley N.° 7523-1), artículo 52
- Fuente
- Régimen Privado de Pensiones Complementarias (Ley N.° 7523-1), artículo 52
Independientemente de las reglas sancionadoras de esta ley, se aplicará también sanción en los siguientes casos: a) A las personas físicas autorizadas para actuar como agentes, o personas físicas cuya responsabilidad dolosa o culposa se haya determinado al sancionar a una entidad, se les impondrá i) Amonestación privada por infracciones leves. ii) Amonestación pública por infracciones graves. iii) Multa por un monto