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Sanciones administrativas
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Ambiental
- Fundamento jurídico
- Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (Ley N.° 8495), artículo 80
- Fuente
- Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (Ley N.° 8495), artículo 80
s. Las infracciones señaladas en el artículo 78 de esta Ley, serán sancionadas con multa de uno a cinco salarios base de un profesional licenciado universitario. Si la infracción ocasiona un riesgo o produce daños al ambiente, la salud de los animales o la salud de las personas, la sanción pecuniaria por imponer será la siguiente: a) Para los incisos a), b), h), i), n) y ñ), de cinco a veinte salarios base de un prof