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Sustitución
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N.° 7442), artículo 26
- Fuente
- Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N.° 7442), artículo 26
En las ausencias temporales y en las definitivas, mientras no se produzca el nombramiento del propietario, así como en los casos de excusa o recusación, el Fiscal General de la República será sustituido por el Fiscal Adjunto que designe la Corte Suprema de Justicia, de una terna de suplentes que cada año enviará el Fiscal General.