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Unión de hecho
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Artículos 242 a 247 del Código de Familia, Ley N.º 5476
- Fuente
- Artículos 242 a 247 del Código de Familia, Ley N.º 5476
Convivencia estable, pública, notoria y monogámica de un hombre y una mujer que no están casados entre sí pero que cumplen los requisitos legales para que su unión produzca efectos jurídicos similares al matrimonio en materia patrimonial.