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Votación ordinaria
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Reglamento de la Asamblea Legislativa (Reglamento N.° 0), artículo 100
- Fuente
- Reglamento de la Asamblea Legislativa (Reglamento N.° 0), artículo 100
a. En la votación ordinaria, los diputados expresarán su voto afirmativo poniéndose de pie, y el negativo, permaneciendo sentados; mientras la Secretaría cuenta los votos, los votantes conservarán su respectiva posición.