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Resolución 00018-2022
- Tipo
- EXT
- Número
- 00018-2022
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV. [...] Los reproches son de recibo. Ciertamente, el numeral 19.4 del Código Procesal Civil prevé procedente el nombramiento de curador procesal cuando se trate de una persona que carezca de representante legítimo. Sin embargo, dicha norma no puede verse de forma aislada. Así, tratándose de personas jurídicas, el artículo 19.2 establece: "Quienes conforme a la ley no tengan capacidad procesal gestionarán, por medi
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