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Resolución 00286-2022
- Tipo
- EXT
- Número
- 00286-2022
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV) [...] Veamos, el Juzgador de primera instancia respecto de la gestión del tercerista, acoge su acción a la luz de lo establecido en el artículo 455 del código Civil, sustentando su posición en que, según dicha normativa, existe un fuero de protección sobre los documentos para inscripción durante tres meses desde su otorgamiento, tiempo en el cual no prevalecerá anotación posterior. Indica que en el caso concreto
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