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Resolución 00248-2022
- Tipo
- EXT
- Número
- 00248-2022
- Materia
- Derecho Administrativo y Contencioso
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"Criterio del Tribunal: Revisado el expediente y analizados los argumentos de las partes, es criterio de esta Cámara que el recurso presentado es procedente y debe acogerse. Es claro tanto de las normas citadas por el Instituto Mixto de Ayuda Social como por el artículo reglamentario que cita la Municipalidad de Escazú, que el ente recurrente sí cuenta con la exoneración alegada, situación que por sí sola torna nulo
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