Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00281-2022
- Tipo
- EXT
- Número
- 00281-2022
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"III.- PRONUNCIAMIENTO: Los agravios no tienen la virtud de modificar lo resuelto. Le corresponde al legislador definir cuáles son los documentos que tendrán la condición de título ejecutivo, y ciertamente a las certificaciones de contador público autorizado les ha concedido tal calidad, pero no en forma ilimitada, la ley se encarga de definir el tipo de adeudo que podrá gozar de tal ejecutividad. Por ejemplo, el art
Consultar documento original ↗