Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00403-2023
- Tipo
- EXT
- Número
- 00403-2023
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"V.- Ahora bien, debemos plantearnos si es posible dictar el auto intimatorio del proceso monitorio dinerario, aun cuando la cesión del crédito todavía no produce efectos frente al deudor. Ya indicamos un adelanto, pero es necesario profundizar en el tema. De acuerdo con los artículos 110.2 y 111.3 del Código Procesal Civil, la resolución intimatoria le ordenará al ejecutado que realice la prestación pedida por la pa
Consultar documento original ↗