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Resolución 01133-2023
- Tipo
- EXT
- Número
- 01133-2023
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"[...] El nuevo Código Procesal Civil de 2016 (en adelante CPC de 2016) no divide las costas en personales y procesales, pero establece en el canon 73.1 que en general, se considerarán costas los honorarios de abogado, la indemnización del tiempo invertido por la parte en asistir a los actos del procedimiento en que fuera necesaria su presencia y los demás gastos indispensables del proceso. Ergo, en ambas normativas,
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