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Resolución 00323-2024
- Tipo
- EXT
- Número
- 00323-2024
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV.- [...] En efecto, el ordinal 57.1 del Código Procesal Civil establece en lo tocante al plazo de seis meses, que éste "...contará a partir de la última actividad dirigida a la efectiva prosecución...". El tema está entonces en definir si para los efectos del cómputo, el punto de partida lo era la fecha de la notificación fallida, o bien, la comunicación de su resultado a la parte interesada. Si bien es cierto est
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