EXT
Resolución 00126-2025
Expediente 23-000823-0641-LA
- Despacho
- Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Cartago Sede Cartago Materia Laboral
- Materia
- Derecho Laboral y Familia
- Redactor
- Brenda Celina Calvo De la O
Cargando texto de la resolución…
Cargando la resolución…
EXT
Expediente 23-000823-0641-LA
Cargando texto de la resolución…
Los enlaces corresponden únicamente a citas expresas verificadas. Las referencias pendientes se muestran sin enlace.
Documento judicial
"V. [...] Si bien este aspecto no fue expresamente invocado en el
recurso de apelación, este
Tribunal advierte de oficio que la jueza de primera instancia incumplió con lo dispuesto en el del Código de Trabajo, norma que impone a las personas juzgadoras la obligación de levantar una constancia o acta que refleje lo actuado durante la audiencia oral.
Este deber procesal no solo tiene respaldo legal, sino que también ha sido reiterado por la Corte Plena mediante las circulares N.° 140-2017 y N.° 82-2021, que integran las Reglas Prácticas sobre la Reforma Procesal Laboral. En particular, la Sección III, relativa a las normas prácticas para la realización de las audiencias orales, detalla de forma precisa las circunstancias que deben consignarse en dicha constancia, entre ellas: la hora de inicio y finalización, la comparecencia de las partes, los medios de prueba practicados, las resoluciones dictadas durante el acto y cualquier incidencia procesal relevante.
No obstante, en el presente proceso no se encuentra incorporada dicha acta o constancia, lo cual constituye una omisión relevante que afecta la integridad formal del acto procesal. Esta deficiencia, además de contravenir una obligación legal expresa, compromete la transparencia y control del desarrollo de la audiencia y constituye un defecto que, si bien no fue alegado, se previene y agrava en el marco de la nulidad [...]"