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Resolución 01063-2025
Expediente 21-000572-0994-PE
- Despacho
- Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
- Materia
- Derecho Penal
- Redactor
- Raúl Madrigal Lizano
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Expediente 21-000572-0994-PE
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Documento judicial
"Aunque Costa Rica no tiene estudios sobre las razones por las cuales las mujeres no denuncian los abusos sexuales, la literatura especializada no da cuenta de que una de ellas sea la inexistencia de la afrenta sexual. Al respecto, se ha dicho lo siguiente: “Hay abundantes estudios sobre las razones por las que la mayor parte de las víctimas no denuncian y, en menor medida, sobre los motivos por los que la mayoría de ellas no acuden a los servicios de apoyo (Tarling y Morris 2010). Entre los motivos para no denunciar, se ha distinguido entre barreras de carácter personal y barreras relacionadas con el SJP [acrónimo de Sistema de Justicia Penal] (Lievore, 2003). Las barreras personales son en gran medida comunes a las que impiden la revelación y, dada la alta prevalencia de la victimización intrafamiliar en el abuso sexual infantil, en ellas desempeñan un papel muy relevante las personas del entorno más próximo a la víctima. El sentimiento de culpa y vergüenza (Alaggia, 2004; Dorahy y Clearwater, 2012; Lievore, 2003), la creencia de que acudir a la policía va a resultar inútil o que no van a ser creídas (Finkelson y Oswalt, 1995; Kilpatrick y Veronen, 1983; Kilpatrick y Otto, 1987), la falta de pruebas (Harlow, 1991), el hecho de sentir que la situación de abuso es un asunto íntimo y personal o el temor a la reacción negativa y a las represalias del agresor o del entorno familiar (Wolitzky-Taylor et al., 2011), hacen que muchas víctimas de delitos sexuales se inhiban de denunciar (Hanson et al., 1999). El vínculo con el abusador es una variable relevante entre los factores que influyen en la decisión de denunciar o no. Así, la existencia de una relación íntima o familiar con aquél reduce las posibilidades de revelación y también de denuncia (Ruback, 1993; Arata, 1998; Hanson et al, 1999), al considerarse que el SJP no es apropiado ni efectivo para resolver los conflictos entre familiares (Tjaden y Thoennes, 2000; Lievore, 2003) […] La represión del recuerdo y la experiencia negativa en revelaciones anteriores durante la infancia juegan también un papel fundamental a la hora de dar el paso y plantearse futuras revelaciones (Tener y Murphy, 2015), pues provoca que las víctimas se auto cuestionen si lo que sucedió fue o no una situación de abuso (Crowley y Seery, 2001; Lab y Moore, 2005), no reconozcan su gravedad o incluso duden de si los hechos delictivos ocurrieron (Fisher et al., 2003) y de si el recuerdo recuperado es o no genuino (Sorsoli, Kia-Keating y Grossman, 2008; Dorahy y Clearwater, 2012). En delitos no sexuales también se han observado mecanismos psicológicos complejos por los que los afectados tienden a minimizar los hechos para evitar la vivencia de los mismos como algo grave y la estigmatización inherente a la condición de víctimas; de manera que pueden preservar sus creencias sobre el mundo, sí mismas y los demás (Fohring, 2015). La desconfianza en el SJP es según diversos estudios otro de los obstáculos a la hora de denunciar: las víctimas tienen una percepción negativa del sistema de justicia y tienen miedo al estigma que éste puede ocasionarles (Kelly y Regan, 2001; Lievore, 2003). Otro problema es la sensación de ser poco escuchadas y de que no se les permiten explicaciones más allá de negar o afirmar las preguntas efectuadas, lo cual contribuye a incrementar su desconfianza (Jülich, 2006). Entre los motivos aducidos por las víctimas de delitos sexuales para denunciar los hechos cabe destacar el castigo del agresor y evitar que se repita el incidente (Boateng y Lee, 2014; Harlow, 1991). Otros estudios indican además que la principal razón para denunciar es evitar que el agresor cometa abusos con otras víctimas (Wolitzky-Taylor et al., 2011). Por otra parte, las víctimas muestran otras necesidades, como la de explicar su versión de los hechos, obtener respuestas por parte del abusador y confrontarse con él, sentirse validadas y reconocidas como víctimas legítimas y reales por el abusador y por otras personas del entorno más íntimo (Jülich, 2006), ver como el abusador se muestra arrepentido de su conducta o recibir ayuda y apoyo que mitigue su soledad y sentimiento de culpa (Koss y Achilles, 2008). En el estudio de Jülich (2006), las víctimas mostraban poca confianza respecto a que estas expectativas de justicia pudieran ser realizadas a través del sistema de justicia criminal tradicional” (tomado de la Tamarit Sumalla, J., Abad Gil, J., y Hernández-Hidalgo, P. en Las víctimas de abuso sexual infantil ante el sistema de justicia penal: estudio sobre sus actitudes, necesidades y experiencias, pp 28 y 29, recuperado de https://www.huygens.es/journals/index.php/revista-de-victimologia/article/view/22/12)."