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Resolución 00505-2026
Expediente 20-001365-0306-PE
- Despacho
- Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
- Materia
- Derecho Penal
- Redactor
- Raúl Madrigal Lizano
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Expediente 20-001365-0306-PE
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Documento judicial
"III,. [...] El ilícito de restricción de tránsito a una mujer tiene como elemento subjetivo distinto al dolo un elemento negativo: que no sea con ánimo de lucro. De modo que es suficiente que el tipo subjetivo del tipo penal bajo estudio contemple el conocimiento y la voluntad de que se está privando de libertad a la mujer conviviente, con independencia de cuál sea la motivación, aunque esta no puede tener como finalidad el lucro. Por ello, como ya se advirtió, la sutil diferencia que esta cámara advierte del estudio efectuado por el a quo, es irrelevante de cara a la imputación penal, en virtud de que la motivación o el ánimo de la acción penal no necesariamente tiene que coincidir con el dolo y, si existe una discrepancia al respecto, carece de consecuencias jurídicas."