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Resolución 00063-2012
- Tipo
- EXT
- Número
- 00063-2012
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“ IV.- CONSIDERACIONES: El proceso de ejecución de sentencia se encuentra regulado en los numerales seiscientos noventa y dos y siguientes del Código Procesal Civil. Ejecutar una sentencia, en el caso particular, significa liquidar en forma concreta y detallada los extremos otorgados, como también los daños y perjuicios determinados en la misma, pero sin apartarse de lo consignado en ella, o bien considerar partidas
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