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Resolución 05906-2025
Expediente 19-002451-1027-CA
- Despacho
- Tribunal Contencioso Administrativo
- Materia
- Derecho Administrativo y Contencioso
- Fecha
- 16 de junio de 2025
- Redactor
- Elías Baltodano Gómez
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Expediente 19-002451-1027-CA
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Documento judicial
"V.- [...]1) Sobre el título de bachiller en Educación Media. Pese a los argumentos esgrimidos por quien demanda, es lo cierto que en el procedimiento administrativo se tuvo por demostrado que en la fórmula u hoja de servicios, este indicó que contaba con el Bachillerato en Educación Diversificada, lo que claro está no era cierto. Ello con total independencia de si fue el actor quien aportó la copia del título que consta en el expediente administrativo y/o expediente personal suyo cuando era funcionario municipal o si esa copia sencillamente “apareció” en el expediente -ya que no sabe cómo llegó ahí-. Postura esta que por supuesto no es creíble, pero que en todo caso no resulta relevante para resolver la presente litis. Lo relevante es que en efecto, el sólo hecho de haber afirmado que contaba con el Bachillerato dicho en su oferta de servicios, ciertamente genera en la entidad municipal, una razonable y objetiva pérdida de confianza, suficiente para haberlo despedido, sin necesidad de acudir al engorroso procedimiento de nulidad de nombramiento realizado por el ente municipal codemandado. Sobre la procedencia del despido en tales casos, hay abundantes Fallos tanto de este
Tribunal como del Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda y de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. (Así, pueden consultarse las Sentencias No. 2024009675 de las 13:37 horas del 19 de diciembre del 2024, emitida por la Sección Tercera de este Tribunal -no fungiendo como jerarca impropio bifásico en ese caso, sino realizando función judicial-, No. 122-2021-VI, de las 8 horas del 20 de setiembre de 2021, emitida por la Sección Sexta de este Tribunal [...]".