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Resolución 00030-2026
Expediente 25-000783-0673-NA
- Despacho
- Tribunal de Familia
- Materia
- Derecho de Familia
- Fecha
- 21 de enero de 2026
- Redactor
- Mauricio Chacón Jiménez
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Expediente 25-000783-0673-NA
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Documento judicial
"IV. La recurrente lleva razón en su reclamo. Tal como afirma la representante del Patronato Nacional de la Infancia, resulta indispensable distinguir las situaciones que se presentan cuando la persona menor de edad no se encuentra o no se debe encontrar bajo el cuidado personal de sus progenitores y, por ello, se dispone que sea cuidada por una familia sustituta, a lo que sucede cuando esa ubicación provisional se realiza con fines adoptivos.
En el primer escenario, resulta factible que, para la protección de su interés superior, las personas menores de edad sean ubicadas con otros integrantes de su familia extensa, o bien, con otras personas ajenas a la familia, mediante medidas de protección -que tienen un carácter temporal- o bien, mediante el instituto jurídico del depósito judicial, que puede ser dispuesto de forma indefinida.[...]En el segundo escenario, esto es, cuando se pretende la ubicación provisional del niño, niña o adolescente con fines adoptivos, la decisión compete exclusivamente a la autoridad judicial.[...]"