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Resolución 00343-2026
Expediente 21-000120-1517-FA
- Despacho
- Tribunal de Familia
- Materia
- Derecho de Familia
- Fecha
- 24 de abril de 2026
- Redactor
- Mauricio Chacón Jiménez
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Expediente 21-000120-1517-FA
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Documento judicial
"II. La sentencia recurrida fue emitida el 19 de noviembre de 2024. El recurso se presentó el 22 de noviembre de ese año y se admitió el 28 de enero de 2025, previa prevención para que el apelante aportara el poder que lo facultaba para actuar en nombre de la parte actora. Valga indicar que, para ese momento, ya regía el Código Procesal de Familia y, por consiguiente, si constaba quién era el abogado, este podía actuar sin necesidad de contar con un mandato. (Artículo
A pesar de lo anterior, el expediente no ingresó a este
Tribunal sino hasta el 16 de febrero de 2026, es decir, más de un año después de que el recurso fue admitido, lo que resulta inaceptable, principalmente porque en este proceso se conoce un asunto que repercute directamente sobre un niño. En virtud de lo anterior, la persona juzgadora coordinadora del juzgado de primera instancia deberá investigar el atraso y, de ser pertinente, iniciar el proceso disciplinario correspondiente."