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Resolución 00427-2023
- Tipo
- EXT
- Número
- 00427-2023
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"II.- El artículo 14 de la Ley contra la Violencia Domestica establece expresamente que “Evacuada la prueba, la comparecencia se dará por concluida y el juzgado resolverá, de inmediato, si las medidas aplicables se mantienen en ejecución o no…”. Como se ve, de acuerdo con la mencionada ley, más bien es imperativo, al ser un proceso sustentado en oralidad, dictar el fallo, o al menos comunicar la decisión, en el momen
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