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Resolución 00521-2023
- Tipo
- EXT
- Número
- 00521-2023
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"CUARTO: [...] De lo expuesto queda claro que la solicitud de prueba previa a la audiencia no es procedente en este tipo de procesos, por cuanto será en la audiencia donde se aporte la prueba que consideren pertinente las partes y el juez o jueza ordenará en ese momento la que considere necesaria. Tampoco se requiere de citación de testigos [...]"
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