Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00121-2019
- Tipo
- EXT
- Número
- 00121-2019
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"IV.- Sin perjuicio de lo indicado en el considerando anterior, pueden rescatarse dos agravios puntuales: PRIMER AGRAVIO: Que la juzgadora a quo aplicó indebidamente el artículo 139 del Código Notarial, al no ser "cierta la imputación que me hace la juzgadora; pues de mi parte no existió el DOLO, en ningún momento; y en derecho el DOLO no se presume, se prueba y ella no tiene la prueba que yo actuara con dolo. Así co
Consultar documento original ↗