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Resolución 00073-2019
- Tipo
- EXT
- Número
- 00073-2019
- Materia
- Derecho General
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
"II.- DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: Como es sabido, la prueba para mejor proveer, es facultad de los jueces y su finalidad no es suplir las omisiones probatorias de las partes. A tenor del artículo 163 del Código Notarial, el Código Procesal Civil es de aplicación supletoria en esta sede. En los artículos 65.1 del código de rito establece que las resoluciones judiciales sólo se podrán impugnar por los medios y en
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