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Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones
- Tipo
- ley
- Número
- Ley N.° 7425
- Estado
- vigente_reformado
- Fuente
- PGR / SINALEVI
CAPITULO I REGISTRO, SECUESTRO Y EXAMEN DE DOCUMENTOS PRIVADOS Artículo 1 Competencia. Los Tribunales de Justicia podrán autorizar el registro, el secuestro o el examen de cualquier documento privado, cuando sea absolutamente indispensable para esclarecer asuntos penales sometidos a su conocimiento. Para los efectos de esta Ley, se consideran documentos privados: la correspondencia epistolar, por fax, télex, telemáti
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