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Admisibilidad y emplazamiento
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 307
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 307
Una vez presentada la solicitud de restitución, el juzgado procederá a la calificación de las condiciones de admisibilidad y titularidad activa. A estos efectos, el peticionante deberá acreditar la verosimilitud de su derecho demostrando sumariamente en el escrito inicial que se encuentra en el ejercicio de la guarda o custodia de la persona menor de edad. La presentación de la solicitud de restitución, ante la autor