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Audiencia de juicio
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Procesal
- Fundamento jurídico
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 190
- Fuente
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 190
La audiencia de juicio comprenderá las siguientes etapas procesales: 1- Conciliación, durante la cual se garantizará la privacidad del acto. 2- Recepción de la prueba. Las partes deberán comparecer con todas las pruebas admitidas y aquellas que pretendan proponer como prueba complementaria. 3- Emisión de las conclusiones. Las partes podrán renunciar a emitir conclusiones. En caso de que la sentencia sea escrita, las