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Audiencia preparatoria
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Procesal
- Fundamento jurídico
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 188
- Fuente
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 188
La audiencia preparatoria se realizará en la sede del juzgado o en el lugar de los hechos, cuando no sea posible realizarla en audiencia única, cuando por la naturaleza del asunto el tribunal así lo disponga. Se señalará cuando se encuentre firme la resolución de excepciones procesales.