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Autorización para almacenar
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Ley de Armas y Explosivos (Ley N.° 7530), artículo 81
- Fuente
- Ley de Armas y Explosivos (Ley N.° 7530), artículo 81
El almacenamiento de armas, municiones y objetos indicados en esta ley podrán autorizarse como actividad complementaria del permiso general concedido, o como específico de personas físicas o jurídicas.