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Conflictos individuales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Notarial
- Fundamento jurídico
- Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Decreto Ejecutivo N.° 41457-JP), artículo 32
- Fuente
- Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Decreto Ejecutivo N.° 41457-JP), artículo 32
Por la dirección profesional en conflictos individuales los honorarios serán los siguientes: a) En los procesos ordinarios de trabajo, del veinticinco por ciento (25%) al treinta por ciento (30%) del importe de la condenatoria o en su caso de la absolutoria. Los honorarios no podrán ser inferiores a ciento veintiún mil colones.