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Conservación y administración de activos
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 31 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
- Fuente
- Artículo 31 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
Gestión de los bienes concursales para preservar su valor, continuidad y utilidad mientras se define la solución del concurso.