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Debido proceso
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 39 de la Constitución Política; artículos 214 y 215 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N.º 6227
- Fuente
- Artículo 39 de la Constitución Política
Garantía constitucional que asegura a toda persona el derecho a ser juzgada conforme a un proceso justo, con las garantías mínimas de audiencia, defensa, prueba e imparcialidad del juzgador, tanto en sede judicial como administrativa.