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Designación del secretario
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N.° 7472 (Decreto Ejecutivo N.° 37899-MEIC), artículo 110
- Fuente
- Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N.° 7472 (Decreto Ejecutivo N.° 37899-MEIC), artículo 110
La CNC nombrará un secretario, quien podrá o no ser uno de sus propios miembros, y que tendrá las siguientes facultades y atribuciones: a) Levantar las actas de las sesiones del órgano. b) Comunicar las resoluciones del órgano, cuando ello no corresponda al presidente. c) Emitir certificaciones de las actuaciones, expedientes, resoluciones, acuerdos conciliatorios total o parcialmente incumplidos, y otras que de conf