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Días y horas hábiles
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 17 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
- Fuente
- Artículo 17 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
Períodos en los que pueden practicarse notificaciones, con posibilidad de habilitación cuando la urgencia o la ley lo exige.