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Experiencia
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Administrativo
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 94
- Fuente
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 94
Cuando la Administración solicite acreditar la experiencia, se aceptará en el tanto haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción, debiendo indicarse en el pliego de condiciones la forma idónea de acreditarla. Igual regla se seguirá cuando se trate de experiencia obtenida en el extranjero.