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Experimentos ilegales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Ley de Bienestar de los Animales (Ley N.° 7451), artículo 13
- Fuente
- Ley de Bienestar de los Animales (Ley N.° 7451), artículo 13
Los experimentos que no se ajusten a la presente Ley y su Reglamento, podrán ser denunciados por cualquier persona, física o jurídica, ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología, a fin de que se suspendan. No podrán reiniciarse hasta que el responsable ofrezca las garantías del caso a ese Ministerio.