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Formas de inversión
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Comercial
- Fundamento jurídico
- Ley Reguladora del Mercado de Valores (Ley N.° 7732), artículo 85
- Fuente
- Ley Reguladora del Mercado de Valores (Ley N.° 7732), artículo 85
n. Los fondos de inversión deberán realizar sus inversiones en el mercado primario, en valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e intermediarios o en los mercados secundarios organizados que cuenten con la autorización de la Superintendencia. Podrán invertir en valores extranjeros, de acuerdo con las normas que dicte la Superintendencia, siempre que estos estén admitidos a cotización en un mercado organiz