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Identificación de quien recibe la notificación
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 8 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
- Fuente
- Artículo 8 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
Comprobación de la identidad de la persona que recibe una cédula judicial para dejar constancia confiable de la entrega.