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Juicio y recursos
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Código Procesal Penal (Ley N.° 7594), artículo 399
- Fuente
- Código Procesal Penal (Ley N.° 7594), artículo 399
Para la celebración del debate y el dictado de la sentencia se aplicarán las reglas comunes. Contra lo resuelto procederá recurso de apelación de sentencia conforme a las reglas dispuestas para el proceso penal ordinario, el que será de conocimiento del pleno de la Corte Suprema de Justicia, previa sustitución de los magistrados que hayan intervenido en el juicio.