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Legitimación y plazo
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 113
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 113
La solicitud de revisión puede ser interpuesta por quienes hayan sido parte en el proceso, las personas que sean sus sucesoras o causahabientes, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el Instituto Nacional de las Mujeres (lnamu), el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdís), el Consejo Nacional para el Adulto Mayor (Conapam), la Defensoría de los Habitantes, la Dirección General de Adaptación Soc