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- Fundamento jurídico
- Artículo 7 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
- Fuente
- Artículo 7 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
Modalidades adicionales que puede implementar el Poder Judicial cuando garantizan seguridad, debido proceso y constancia de comunicación.