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Participación de intérpretes
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 159
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 159
Si por motivos de idioma, expresión del lenguaje, impedimentos físicos, limitaciones de tipo socioeducativas y cualquier otra situación la práctica de la prueba pueda causar perjuicio en los derechos de las partes e intervinientes en el proceso, la autoridad judicial, a solicitud de parte o de oficio, dispondrá el nombramiento de intérpretes a cargo del Poder Judicial, salvo que la parte proponente cuente con recurso