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Peculado
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Artículo 354 del Código Penal, Ley N.º 4573
- Fuente
- Artículo 354 del Código Penal, Ley N.º 4573
Delito que comete el funcionario público que se apropia o distrae en beneficio propio o ajeno fondos públicos o bienes del Estado que tiene a su cargo por razón de su función.