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Procedimiento de recusación
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 25
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 25
La parte del proceso podrá solicitar la recusación de la persona juzgadora por las causales que constituyen impedimento conforme al artículo 23 de esta ley. Si después del señalamiento para audiencia probatoria y antes de su celebración surgiera alguna causal, deberá interponerse antes del inicio de dicha audiencia.