Vista previa de la fuente solicitada
Prohibición de otorgar garantías a terceros
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 16 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N.º 8131
- Fuente
- Artículo 16 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N.º 8131
Límite que impide comprometer recursos o crédito público para respaldar obligaciones ajenas, salvo autorización legal expresa.