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Prórroga del contrato
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Laboral
- Fundamento jurídico
- Ley de Salarios de la Administración Pública (Ley N.° 2166), artículo 30
- Fuente
- Ley de Salarios de la Administración Pública (Ley N.° 2166), artículo 30
Sesenta días naturales antes de su vencimiento, el funcionario deberá solicitar la prórroga a la jefatura inmediata para que la Administración revise la solicitud, a fin de determinar la necesidad institucional de la extensión, mediante resolución debidamente razonada establecida en el artículo 29 anterior, prórroga que no podrá ser menor de un año, ni mayor de cinco.