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Prueba insuficiente
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Reglamento de fiscalización notarial de la Dirección Nacional de Notariado (Acuerdo N.° 004-2022), artículo 59
- Fuente
- Reglamento de fiscalización notarial de la Dirección Nacional de Notariado (Acuerdo N.° 004-2022), artículo 59
Cuando la prueba recabada resulte insuficiente para denunciar, o el informe contenga defectos de forma que comprometan su eficacia como medio probatorio, antes de instar judicialmente, la UFN deberá efectuar las diligencias complementarias necesarias para que las pruebas faltantes sean recabadas e incorporadas al expediente y dispondrá los informes adicionales necesarios para dejar constancia de Io anterior, así como