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Resolución sancionatoria
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Reglamento de Procedimiento Tributario (Decreto Ejecutivo N.° 38277-H), artículo 257
- Fuente
- Reglamento de Procedimiento Tributario (Decreto Ejecutivo N.° 38277-H), artículo 257
Una vez recibido el expediente con la propuesta motivada, se dictará la resolución sancionatoria dentro de los cinco días hábiles siguientes y se procederá a realizar la notificación respectiva. El plazo para resolver tiene carácter ordenatorio.