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separación de poderes
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Artículos 9 y 121 a 194 de la Constitución Política de Costa Rica
- Fuente
- Constitución Política de Costa Rica
Principio constitucional que distribuye el ejercicio del poder público entre órganos independientes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) para evitar su concentración y garantizar el Estado de derecho.