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Tribunal sustituto
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Procesal
- Fundamento jurídico
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 219
- Fuente
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 219
Cuando se anule una sentencia con ocasión de los recursos de apelación y casación o por revisión, se dictará por el mismo tribunal que dictó dicho pronunciamiento, preferentemente con una integración diferente.