Vista previa de la fuente solicitada
Resolución 00893-2016
- Tipo
- EXT
- Número
- 00893-2016
- Materia
- Derecho Civil y Comercial
- Fuente
- Nexus - Poder Judicial de Costa Rica
“En la resolución intimatoria se denegó el cobro de multas, bajo el alegato de que para el cobro de los extremos adeudados se establecen dos tipos de acciones legales, una civil - para los daños y perjuicios- y otra penal - para la sanción de faltas castigables con multas. Contra lo así dispuesto, recurre la parte actora. Aduce en lo medular que, las multas se generan por atraso en las cotizaciones dejadas de pagar p
Consultar documento original ↗